¿Qué sucede con el dinero en cuentas bancarias de un familiar fallecido?

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Al estar viviendo la pérdida de un familiar, tratar el tema de sus finanzas personales en ese momento puede parecer inapropiado, sin embargo es muy necesario. La realidad es que se debe indagar sobres sus cuentas por cobrar, por pagar, y cubrir los gastos funerarios de forma inmediata.

 

El duelo de los familiares, puede llevarlos a postergar los trámites  para recuperar el dinero de cuentas bancarias de personas fallecidas, en caso de tener  conocimiento de que éstas  existían, sin contar que en ocasiones los deudos  desconocen la información por ser de carácter personal.

 

¿Cómo se puede recuperar el dinero?

 

Este proceso depende de varios factores y situaciones:

 

Primeramente, cuando se tiene evidencia de la existencia de cuentas bancarias es necesario contactarse directamente a la institución financiera en la que existe la cuenta, la institución debe proporcionar los requisitos para la recuperación del efectivo y el trámite a seguir, en teoría debería ser algo sencillo si el titular de la cuenta, es decir el familiar fallecido,  estipuló beneficiarios y se demuestra la identidad de quien solicita el saldo de la(s) cuenta(s).

 

Es aquí en donde puede complicarse la situación, ya que si no se estipularon beneficiarios en el contrato, el banco no entregará el dinero hasta que se demuestre legalmente quien es el heredero, lo cual puede requerir de tiempo, el pago de asesoría legal y sobre todo calma durante el proceso que puede resultar emocional y físicamente desgastante.

 

¿COMO SABER SI EXISTEN CUENTAS BANCARIAS DE ALGUIEN FALLECIDO EN LA QUE ESTOY COMO BENEFICIARIO(A)?

 

En este caso, es necesario solicitar información a la CONDUSEF (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) mediante el servicio de “solicitud de búsqueda de beneficiarios de cuentas de depósito”

 

Al solicitar este reporte, se requiere llenar un formulario, presentar identificación oficial, acta de defunción de la persona fallecida y proporcionar un correo electrónico para recibir notificaciones. Una vez concluida la búsqueda, la CONDUSEF notificará si el solicitante de la información se encuentra como beneficiario de alguna cuenta en alguna institución bancaria.

 

Por último, es importante tener en cuenta que según la ley  de instituciones de crédito, si una cuenta no tiene movimientos ni es reclamada en un periodo de 3 años, la institución bancaria está obligada a transferir el dinero a la beneficencia pública, según el artículo 61 de dicha ley.

Por: Mtra. Leticia Torres Arteaga, Docente de la Escuela de Administración y Negocios de CETYS Universidad Campus Mexicali

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