Prórroga en facturación 4.0 beneficia su curva de aprendizaje

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Aspectos como el tipo de régimen, código postal, si es o no un concepto objeto de impuesto, son los principales cambios que se diferencian entre la facturación 3.3 a la 4.0, explicó Experto CETYS

 

La prórroga para la implementación de la nueva forma de facturación que será válida a partir de 2023 en México, conocida como 4.0 o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) 4.0 otorga a las empresas un lapso adecuado para  que lleven a cabo la migración a este formato, e inicien lo más pronto posible la emisión de facturas con apego a las nuevas especificaciones para evitar posibles sanciones o el rechazo de sus facturas una vez que sea oficial su entrada en vigor.

 

Con dicha prórroga otorgada por el Servicio de Administración Tributario (SAT) a la entrada en vigor de la facturación 4.0 a partir del 01 de enero de 2023, se brindó un lapso de prueba y error que aplanara la curva de aprendizaje de los negocios, emprendedores y empresarios que, desde ya, emitan facturas en la nueva versión, detalló el Mtro. Enrique Luna Gutierrez, coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional de CETYS Universidad, Campus Mexicali.

 

Para el contribuyente, añadió, la transición en la facturación no representa ningún reto; lo único que deberá hacer es prestar atención a la información solicitada por parte del emisor y una vez que se reciba el documento, verificar que ésta haya sido colocada correctamente.

 

Algunos establecimientos, en su práctica de emisión bajo este nuevo modelo de facturación, están solicitando desde ahora a sus clientes ciertos datos que son necesarios para emitir el CFDI 4.0, para  con ello migrar e ir aplanando la curva de aprendizaje tanto para ellos como para los contribuyentes.

 

De acuerdo con el docente, los principales cambios en la facturación son:

  • La obligación de describir el nombre y/o la razón social del emisor, del receptor y el domicilio fiscal.
  • La especificación de si los servicios o productos facturados son objeto de impuestos indirectos o la actualización de cancelaciones de facturas dónde será necesario especificar el motivo de la cancelación de comprobantes fiscales. 
  • Añadir campos específicos para operaciones en público en general con información adicional que es obligatorio agregar, como el código postal y el régimen fiscal al cual está inscrito el contribuyente, tal y como aparece en la constancia de situación fiscal emitida por el SAT.
  • El complemento a cuenta de terceros se sustituye por un elemento nuevo a nivel de concepto.

 

Además, el docente explicó que para emitir las facturas es necesario conocer datos mínimos del cliente como su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre, denominación o razón social, régimen fiscal y código postal de su domicilio fiscal.

 

Una factura es un documento que avala la compra-venta de un bien o el préstamo de un servicio, y más allá de amparar a los involucrados dando fe de que la transacción se llevó a cabo y de permitirle al contribuyente comprobar sus ingresos y egresos, es un derecho del consumidor solicitar el documento cuando le sea necesario.

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“Para las personas físicas, es recomendable solicitar factura de sus egresos por motivo de las deducciones personales y control de gastos, lo mismo para las personas morales acorde al régimen tributario en el que se encuentren”, señaló el coordinador, refiriendo también que los contribuyentes podrán seguir empleando indistintamente CDFI 4.0 o CFDI 3.3 durante todo el 2022, en tanto adaptan sus sistemas a los nuevos requerimientos definidos por el SAT.

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