¿Menos saldo a favor? Por esta razón el SAT podría regresarte menos en tu declaración anual

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La variación inflacionaria, los cambios recientes en la legislación fiscal, errores en el llenado del formulario y por la migración a la facturación 4.0 pueden incidir en el saldo de la declaración anual 2023, explica Experto CETYS

Como cada año, durante abril se habilita en el portal de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) el apartado para que las personas físicas bajo el régimen de sueldos y salarios puedan presentar su declaración anual del ejercicio fiscal anterior, en este caso del 2022, siendo el actual un año en el que la devolución podría ser menor en comparación a otros.

Para disminuir el monto a pagar por concepto de ISR anual e incluso generar una devolución, las personas físicas tienen la facilidad de incluir gastos que se consideran deducciones personales, de acuerdo  con lo señalado en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por lo que es necesario identificar si se está o no obligado a presentar declaración anual, señaló el Mtro. Enrique Luna Gutiérrez, coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional en CETYS Universidad Campus Mexicali.

En el caso de personas físicas que se encuentren en el régimen de sueldos y salarios, deben realizar su declaración anual sólo quienes hayan percibido ingresos anuales superiores a los 400 mil pesos; quienes percibieron ingresos de dos patrones distintos aún cuando juntos no superen los 400 mil pesos; quienes obtuvieron ingresos acumulables (por ejemplo por honorarios, sueldos y salarios o arrendamiento); quienes recibieron liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación; quienes solicitaron a su patrón no presentar la declaración anual a su nombre y quienes dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se declara.

Es importante informarse sobre cómo realizar este trámite correctamente y, en caso de aplicar, hacer uso del derecho a obtener la devolución de impuestos, también conocida como saldo a favor. 

La declaración anual podrá presentarse del 04 de abril al 02 de mayo del 2023. Los contribuyentes que año con año cumplen con este requisito, podrían encontrar en este período la particularidad de obtener menos saldo a favor que en años anteriores, lo cual, según explica el especialista, puede deberse a motivos como: 

    • La variación de la inflación durante los trimestre que conformaron el ejercicio fiscal 2022: Tras la alza en productos/servicios y alimentos de la canasta básica, entre otros factores, la inflación cerró con un 7.82% en 2022, por lo que muchas personas no realizaron la misma cantidad de deducciones personales que otros años.

    • El monto de aportaciones que podrás deducir en tu declaración, es el que resulte menor entre 10 % de tu ingreso anual acumulable del ejercicio o cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales.

    • Error en la generación de CFDI: ante la inminente migración hacia al facturación 4.0, muchos contribuyentes pudieron haber omisiones en sus facturas por conceptos de deducciones personales que no les permitan disminuirlas en su declaración anual. 

 

  • Error en la presentación de la declaración: si el contribuyente comete errores en el llenado del formulario de su declaración anual, podría generarle una menor devolución, e incluso la obligación de pagar impuestos adicionales.

 

Por estas razones es importante revisar cuidadosamente la declaración anual y realizar las correcciones necesarias antes de presentarla. 

En general, es importante que los contribuyentes se mantengan informados en torno a las actualizaciones fiscales y realicen una revisión cuidadosa de su declaración anual antes de enviarla al SAT, para evitar errores y maximizar, en lo posible, su devolución de impuestos. Para ello, es recomendable que busquen asesoría de un experto en temas fiscales, quien puede ayudar para obtener una declaración precisa y cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales, concluyó el especialista.

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