Aún hay camino por recorrer en torno a la donación de órganos.

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Durante los primeros días de abril, el Senado de la República aprobó por unanimidad cambios a la Ley General de Salud para modificar el sistema de donación de órganos, con esta iniciativa se pretende que todos los mexicanos mayores de edad sean automáticamente donadores de órganos y tejidos en caso de que se les declare la muerte, a menos que en vida hayan dejado su voluntad expresa de no serlo, a esto se le conoce como “consentimiento presunto”, detalló la Mtra. Bianca Barceló, profesora de tiempo completo en la Escuela de Derecho de CETYS Universidad, Campus Mexicali.

Actualmente, de acuerdo al artículo 324 de la Ley General de Salud vigente: toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente, mediante un consentimiento expreso o tácito, para que, en vida o después de su muerte, este o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes. En caso de que en vida no haya manifestación de dicha voluntad, la decisión la tomarán los familiares más cercanos.

La Mtra. Barceló ejemplificó que, en países como España, Israel, Chile, Francia, Bélgica, ya se implementó la figura del consentimiento presunto como medida para aumentar el número de donantes. Sin embargo, en México el panorama es distinto, puesto que existe falta de información y conocimiento de la población en general sobre el tema, así como los procedimientos que se llevan a cabo en las instituciones de salud en esta materia.

Bianca Barceló

Mtra. Bianca Barceló

“Presumir la existencia de un consentimiento porque nunca hubo expresión por escrito de rechazo de un derecho que se desconoce, no se puede interpretar como consentimiento pleno, así como el Estado no puede franquear ciertos espacios de la autonomía individual porque al hacerlo vulnera derechos como la libertad y por tanto erosiona el principio de dignidad humana”, expresó Barceló.

Asimismo, Barceló reconoció que hay gran incertidumbre en la forma en la que se implementará la figura del consentimiento presunto en la iniciativa, en virtud de que algunos parlamentarios han dicho que se seguirá tomando en cuenta la opinión de los familiares y en caso de que haya oposición por parte de éstos, la donación no tendrá lugar. Lo anterior, generará bastantes interrogantes del proceso.

Sin embargo, la docente de la Escuela de Derecho recomendó que antes de hacer reformas a la ley para aumentar la procuración de órganos con medidas que algunos interpretan como violatorias a derechos humanos, en México es necesaria una campaña educativa integral, masiva y constante para generar conciencia entre la población sobre los beneficios que deriven este acto altruista, también es importante capacitar a los distintos profesionales de la salud que servirán de enlace con los familiares, así como aumentar el índice de confiabilidad en las instituciones públicas de la salud en materia de extracción y trasplante de órganos, y sobretodo facilitar el trámite para que los ciudadanos de manera libre e informada, manifiesten la expresión de su voluntad en cuanto a la donación de órganos.

“Es tiempo de darle prioridad al tema, pero con una población informada y que consiente de manera libre y expresa” concluyó la Mtra. Bianca Barceló.

Para saber más:

Existe un precedente judicial internacional en 2014, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, falló a favor de la madre de un joven fallecido en Lituania –donde existe la figura del consentimiento presunto- en virtud de la falta de precisión de la legislación letona para proporcionar protección legal adecuada a los deseos de los familiares frente a la arbitrariedad del Estado, estableciendo dicho Tribunal, que se violó el artículo 8 de la Convención Europea de los Derechos Humanos, que viene siendo el equivalente al art. 16 de la Constitución mexicana.

Cabe mencionar que la iniciativa se encuentra en etapa de discusión dentro de la Cámara de Diputados, misma que se espera su aprobación el último día de este mes.

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