Transferencias entre cuentas propias, ¿contarán como ingresos extras?

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Las transferencias bancarias entre cuentas propias de los usuarios, podrían ser consideradas como ingresos acumulables por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como parte de su facultad de presunción de ingresos.

De acuerdo a la jurisprudencia emitida en Abril de 2021 por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), cuando el contribuyente impugna la presuntiva de ingresos por parte de la autoridad, es el mismo contribuyente quien está obligado a aportar la documentación idónea para efecto de demostrar que el traspaso se realizó entre cuentas del mismo contribuyente, explicó el Mtro. Enrique Luna, coordinador de la Licenciatura en Contador Público Internacional en CETYS Universidad, Campus Mexicali.

Hay que recalcar que esta medida no significa que todas las transferencias bancarias hechas por los cuentahabientes vayan a estar bajo la lupa del SAT, sin embargo el experto recomendó contar con la documentación que compruebe que el depósito procedió de una cuenta personal, por ejemplo, estados de cuenta, papel de trabajo, copia del recibo con los datos del monto y cuenta de origen del depósito, así la forma de pago, número de cheque.

Finalmente dijo que, para casos particulares, donde las autoridades fiscales consideren necesario presentar una aclaración, el contribuyente deberá ofrecer la prueba pericial contable que verifique el registro de cada operación, correspondencia de cantidades entre sus cuentas y que no se haya incrementado su patrimonio.

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