Aspectos y recomendaciones en el hostigamiento telefónico por cobranza o ventas

No hay comentarios
cetys

¿Es ilegal que te marquen hasta llegar al hostigamiento telefónico por cobranza, venta o publicidad? De acuerdo con la Mtra. Brenda Valdez Abril, Docente de la Escuela de Derecho de CETYS en Tijuana, el contacto con los usuarios para hacerles saber su deuda o para que conozcan un producto no es ilegal, pero cuando esto se convierte en hostigamiento se puede convertir en delito, sin embargo estas llamadas se pueden evitar.

En el caso de la cobranza, el Artículo 284 BIS del Código Penal Federal establece que la cobranza extrajudicial se convierte ilegal cuando hacen uso de violencia o intimidación ilícita, tanto personalmente como por cualquier medio, esto para requerir el pago del adeudo, tanto créditos o financiamientos.

“Entiendo que tengo una deuda, que debo de pagar, pero también la institución que lleva a cabo la cobranza, debe cumplir con ciertos requisitos por ley y las llamadas reiteradas pueden entrar en hostigamiento, principalmente tienen que estar en el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO). Si tú, cómo usuario, te cercioras que no se encuentran en este y no cumplen los requisitos y del artículo 284 BIS, deben ir a CONDUSEF para que conste que la cobranza ya está siendo contraria a la ley”, explicó la Mtra. Brenda Valdez, para el caso de los deudores.

cetys

La Mtra. Brenda Valdez Abril es docente de la Escuela de Derecho en CETYS Universidad Campus Tijuana.

Mientras que, para las llamadas de publicidad, de mercadotecnia, es decir para venta de productos o servicios, la Mtra. Brenda Valdez señaló que, una vez rechazado su producto, las empresas deben realizar un registro que no se desea adquirir nada y deben de parar con el hostigamiento.

“Sí pueden marcarte una primera vez, que te ofrezcan un producto, automóvil, banca, no es ilegal esto. Respondes que no quieres y cuando indicas eso, la empresa debe registrar que el consumidor no desea este producto, pero si siguen de forma reiterativa con la publicidad o venta y en ocasiones llegan, al punto que te marcan más del comercio, que de tu trabajo o que tus personas cercanas o familiares, allí la institución que ayuda a parar con ello es Profeco”, indicó.

Seguimiento en CONDUSEF y PROFECO

Si consideras que el proceso de cobranza de la deuda se ha realizado de forma incorrecta, puedes consultar la página de CONDUSEF para iniciar el proceso o darle seguimiento, también encontrarás la lista de acciones que deben y no deben realizarse en la cobranza. 

Si deseas que paren las llamadas por parte de las instituciones financieras, puedes registrar tu teléfono ante el  Registro Público de Usuarios (REUS) Condusef.

Mientras que para la publicidad y promoción de productos o servicios, los usuarios pueden registrar su teléfono en el REPEP de Profeco, una vez activo este no deberá recibir llamadas de esta índole de forma indefinida.

Si continúan con las llamadas a pesar de estar activos en el REPEP, entonces será necesario presentar una queja formal ante Profeco.

cetys

Artículos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *